Que el teletrabajo ha sido una de las tendencias del pasado 2020 debido a las peculiaridades de la pandemia de coronavirus no se le escapa a nadie. En datos, hubo sectores que llegaron a tener incluso a todos sus trabajadores prestando su tarea de manera remota. Así fue por ejemplo en el Contact Center, donde multitud de empresas pasaron a modelos de teletrabajo incluso por encima del 90% de sus plantillas. Pero también es cierto que, según las medidas de confinamiento se fueron relajando, muchos trabajadores de diversos sectores volvieron a la oficina a prestar su labor a la vieja usanza. Entonces, ¿el teletrabajo ha venido para quedarse, o veremos como desaparece progresivamente en los próximos meses?
Justo el último día de 2020 reflexionamos sobre hacia dónde se encamina el teletrabajo en la entrada ¿Cuál es el futuro del teletrabajo?, donde analizamos las conclusiones de un estudio de McKinsey, siendo la principal que los modelos que más previsión de establecimiento tienen ahora mismo serán los híbridos, aquellos que aúnan trabajo remoto y tradicional. Esta semana encontramos un interesante análisis en El País reflexionando sobre la consolidación del teletrabajo en España, con una primera piedra de toque sobre la que construir nuestras opiniones de aquí en adelante; el Real Decreto-ley 28/2020 sobre el teletrabajo, que entró en vigor el pasado octubre, siendo alguna de sus claves las que siguen:
- Se considera teletrabajo cuando las horas trabajadas en remoto sean, por lo menos, el 30% de la jornada durante un periodo de tres meses, lo que equivale a un día y medio a la semana.
- Trabajar media jornada desde casa o incluso un día entero de vez en cuando no será considerado teletrabajo, sino un elemento de flexibilidad que se reconoce a los trabajadores.
- La empresa debe encargarse de la dotación y del mantenimiento de los medios y de los equipos que necesita el trabajador para ejercer su actividad a distancia.Hay que formalizar un acuerdo escrito entre trabajador y empresa para determinar estos gastos y cómo se abonan.
Por tanto, la ley incluye como teletrabajo precisamente esos modelos híbridos por los que McKinsey apuesta para el futuro en su reporte, regulando la relación entre empresa y trabajador en estos escenarios más probables. Ahora bien ¿realmente serán estos modelos acogidos por las empresas?
Ciertamente, el artículo de El País nos desvela retos que estos meses de pandemia han ido descubriendo relativos al teletrabajo: aislamiento de los trabajadores, mayor sedentarismo, incluso mayor estrés por falta de desconexión del trabajo, crecimiento de la desconfianza de los jefes sobre el trabajo de sus empleados… en definitiva, nos hemos lanzado al teletrabajo pero, quizá, no sabíamos cómo hacerlo. El reto entonces es, puesto que cada vez más voces muestran su preferencia por un modelo que incorpore varias jornadas de teletrabajo a la semana, aprender a teletrabajar.